Cuauhtémoc, Ciudad de México, México, 21 de noviembre de 2019. Andrés Manuel López Obrador, Presidente de México en conferencia de prensa en el Salón Tesorería de Palacio Nacional. Acompañan al mandatario: Olga Sánchez Cordero, Secretaria de Gobernación; Nadine Flora Gasman Zylbermann, presidenta del Instituto Nacional de las Mujeres (Inmujeres); Surit Romero Domínguez, subprocuradora de Servicios, Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco); José Manuel López Campos, presidente de la Confederación Nacional de Cámaras de Comercio, Servicios y Turismo (Concanaco-Servytur) y Graciela Márquez Colín, secretaria de Economía. Foto: Presidencia

El presidente Andrés Manuel López Obrador, publicó este jueves 05 de noviembre en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el decreto que establece las disposiciones para el otorgamiento del aguinaldo correspondiente al ejercicio fiscal de 2020, en el cual se suscriben cambios al aguinaldo a que se tiene derecho, considerando las medidas de austeridad ante la pandemia de COVID-19.

López Obrador «renunció» al aguinaldo, a fin de ser coincidente con las medidas de austeridad que ha impulsado su gobierno en la Administración Pública Federal, con el propósito de reorientar recursos para enfrentar la pandemia.

«He tomado la decisión de reintegrar a la Tesorería de la Federación el 100 por ciento del monto que reciba por concepto de aguinaldo y gratificación de fin de año en términos de las disposiciones jurídicas aplicables y que históricamente equivale a 40 días por esos conceptos, para que se destinen a dar atención a las necesidades derivadas de la emergencia generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19) en México», expuso AMLO.

El Artículo 42 Bis de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional dispone que los servidores públicos cuya relación jurídica de trabajo se regula por esa Ley, tienen derecho a un aguinaldo anual que será equivalente a 40 días de salario, cuando menos, sin deducción alguna, y que se deberá pagar el 50 por ciento antes del 15 de diciembre y el otro 50 por ciento a más tardar el 15 de enero.

No obstante, el decreto publicado este jueves ordena recortar de 40 a 20 días de salario el monto del aguinaldo para el personal de nivel de enlace y de mando de las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal, así como al personal del Servicio Exterior Mexicano que se encuentra en funciones en territorio nacional.

En este grupo de servidores públicos se incluyen los puestos que van de enlace hasta nivel de presidente, pasando por jefe de departamento, director, subdirector, adjunto, jefe de unidad, director general, subsecretario y secretario de Estado y presidentes de organismos.

En el caso del personal de confianza del Gobierno, del personal del Servicio Exterior Mexicano y de Personal Militar Activo, se agregó la palabra «hasta» como criterio limitante para pagar el aguinaldo, es decir, el año pasado el aguinaldo a ese personal era de «40 días de salario» tal cual lo marca la Ley, pero este año será de «hasta 40 días» de salario, por lo que podrían recibir menos días de aguinaldo o incluso nada si restituyen su aguinaldo a la Tesorería.

Para el personal por honorarios, si bien ellos no tienen el derecho al aguinaldo por no tener estabilidad en el empleo, el decreto del año pasado sí consideró el pago de aguinaldo hasta por 40 días de salario, pero este año el aguinaldo que recibirán será en función del aguinaldo que se otorgue al personal con plaza presupuestaria que tenga el nivel equivalente a su puesto.

Los servidores públicos de base, es decir, aquellos sindicalizados afiliados principalmente a la Federación de Sindicatos de Trabajadores al Servicio del Estado, son los únicos a quienes se les respetarán sus 40 días de aguinaldo en los términos de la Ley. Con información de El Financiero.

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