Un juez otorgó a dos integrantes de México Unido Contra la Delincuencia (MUCD) dos amparos por los cuales están autorizados para la posesión, transporte, empleo y uso de la cocaína, excluyendo cualquier tipo de comercio.
El organismo señaló en un comunicado, publicado este martes, que estas órdenes -otorgadas en mayo- tendrán que ser cumplidas por la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris).
«Las decisiones son relevantes por ser las primeras en su tipo, detonar nuevamente un debate sobre la necesidad de eliminar la criminalización de personas usuarias de distintas sustancias y reforzar la intensión del gobierno actual de reformular el combate a las drogas», dijo MUCD.
México Unido explicó que estos amparos no legalizan la sustancia, ni pueden hacerse válidos hasta ser confirmados por un Tribunal Colegiado. «De ahí que MUCD no plantee su masificación o la búsqueda de la jurisprudencia. Sin embargo, son un paso histórico en el entendimiento del fenómeno drogas por parte del Poder Judicial y una oportunidad única para abogar nuevamente por el fin de la guerra y la reorientación de los recursos públicos hacia la prevención y sanción de los delitos de alto impacto como el homicidio, el secuestro, la violación y la extorsión», afirmó.
Uno de los amparos se presentó después de que una persona tramitó ante la Cofepris una petición para «uso personal adulto» de cocaína. Al no ser atendida, recurrió a los tribunales, de acuerdo con el portal Animal Político, quien publicó la historia más temprano este martes y tuvo acceso a uno de los fallos.
El caso ahora está en un Tribunal Colegiado, en donde si se ratifica la sentencia será firme, pero si la echan para atrás se desecha el caso pues no hay recurso posible. También está la opción de que el caso no sea juzgado por el Tribunal, sino que llegue a la Suprema Corte de Justicia.
El fallo, deja claro que la persona que obtuvo el amparo no puede conducir vehículos o emplear instrumentos peligrosos bajo los efectos de la sustancia, ni consumir en lugares públicos ni en presencia de menores de edad, tampoco podrá inducir a terceros al consumo. Está prohibido de igual forma el introducir, consumir o acudir a su trabajo bajo efecto de la cocaína. La autorización es limitada a medio gramo de cocaína.