La tienda de venta de animales +Kota ha quebrado. El Instituto Federal de Especialistas de Concursos Mercantiles del Consejo de la Judicatura Federal publicó la declaración de quiebra de la empresa Comercializadora Latinoamericana Kitsi, misma que es propietaria de las tiendas para animales +Kota.

Según lo dictaminado por el Juzgado Segundo de Distrito en Materia de Concursos Mercantiles en la Ciudad de México, la empresa entró en proceso de quiebra debido a que no logró un acuerdo con sus acreedores conforme a los tiempos estipulados en la ley para resolver este tipo de conflictos.

José Alberto López Torres, socio de GLZ Abogados y especialista en procedimientos de insolvencia y litigios concursales, comentó que el conciliador encargado del proceso no presentó en tiempo y forma la propuesta para resolver el proceso de concurso mercantil, que inició la misma empresa en marzo del año pasado.

Apuntó que tampoco pidió una exención de 90 días más como lo permite la legislación, por lo que el juez tuvo que dictaminar la sentencia de quiebra.

¿Qué pasará con +Kota?

Ahora la empresa tiene hasta el 9 de agosto para apelar la decisión del juez para tratar de retomar y lograr un acuerdo con sus acreedores, mismos que consideran que ahora con esta sentencia hay incertidumbre sobre lo que sucederá con los pagos.

“No sabemos cuándo se nos pagará, lo cual genera incertidumbre”, explicó José Alberto López Torres.

Incluso destacó que hay posibilidad de que en estos momentos se logre un acuerdo entre +Kota y sus acreedores para retirar la sentencia, pues en todo momento notaron buena voluntad por parte de la compañía.

Cabe recordar que la declaración de quiebra priva al deudor de la administración de sus bienes y se la otorga al síndico, mismos que deberá venderlos para luego cubrir las obligaciones con el dinero obtenido.

La quiebra tiene como objeto que con los bienes del deudor se pague a los acreedores, íntegramente o hasta donde se alcance.

Para la vigilancia de la actividad del síndico y de la administración de la quiebra el juez puede nombrar, de entre los acreedores, hasta cinco interventores, que conforman la intervención.

“Los acreedores deben solicitar el reconocimiento de sus créditos ante el juez, quien lo hará previa junta de acreedores”, dice la ley de quiebras y concursos mercantiles.

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