La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), invalidó una ley que permitía cerrar contratos sin llevar a cabo una licitación, conocida como “Ley Compadre”; el órgano de Justicia resolvió a favor de la acción de inconstitucionalidad 99/2018, promovida por la entonces Procuraduría General de la República, declarando como inválidas varias reformas aprobadas en el mes de octubre del 2018 en el Congreso local, a la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionadas con las Mismas; y a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios de Tabasco, misma que causó polémica a nivel nacional pues permitía la asignación directa de obra pública.

Esta ley, bautizada como “Ley Compadre”, permitía otorgar obras de manera directa a cualquier persona y sin licitación, lo que va en contra de las mejores prácticas y abriría la puerta a la corrupción.

La diputada del PRI, Soraya Pérez Munguia, hizo un llamado al Gobierno de Tabasco para que de inmediato, cancele los contratos que tenga en curso y generados al amparo de las normas declaradas inválidas está mañana e informe también el monto de los recursos que se asignaron desde 2018, y hasta el día de hoy.

La Suprema Corte hizo hincapié en que ningún proyecto, sea político, económico, o industrial, puede apartarse de la Constitución y de los principios establecidos en ella.

La gravedad en la aprobación de estas normas radica en que se habilitó indebidamente al Titular del Poder Ejecutivo del Estado a autorizar directamente y sin realizar las licitaciones públicas que establece la Constitución, adquisiciones, arrendamientos y servicios, así como el gasto corriente, sin la debida justificación, sencillamente señalando que eran necesarios para la realización de proyectos, obras y acciones que detonen el empleo, mejoren la infraestructura e impulsen el desarrollo económico y social del Estado.

“Con la resolución dictada esta mañana por nuestra Suprema Corte de Justicia de la Nación se reitera una vez más, que ningún proyecto, sea político, económico, o industrial, puede apartarse jamás de la Constitución y de los principios en ella establecidos, los cuales, dicho sea de paso, todos los que ejercemos una actividad pública o política juramos proteger al tomar protesta del cargo, y que además en este caso, estaban completamente alejados de las mejores prácticas de combate a la corrupción”, acotó.

Agregó que con toda seguridad la SCJN hará pública la versión de la sentencia dictada el día de hoy, para que todas y todos los tabasqueños puedan conocer los alcances de ésta pues queda mucho por atender todavía en este caso.

En su momento del gobernador Adán Augusto López Hernández manifestó que “Lo que se hizo fue establecer ‘licitaciones abreviadas’ como un proceso para agilizar las obras que tengan un impacto nacional, comó la refinería prometida por López Obrador en la entidad”.

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