En México el pago del aguinaldo es una prestación obligatoria para todos los trabajadores, quienes deben recibir, por lo menos, una bonificación equivalente a quince días de salario, así lo establece el artículo 87 de la Ley federal del Trabajo y también especifica que deberá ser cubierto antes del 20 de diciembre de cada año.

En caso de que un trabajador termine su relación laboral antes de dicha fecha, la bonificación proporcional se le dará al momento de la separación como parte de su liquidación o finiquito.

Los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que deberá pagarse antes del día veinte de diciembre, equivalente a quince días de salario, por lo menos. Los que no hayan cumplido el año de servicios, independientemente de que se encuentren laborando o no en la fecha de liquidación del aguinaldo, tendrán derecho a que se les pague la parte proporcional del mismo, conforme al tiempo que hubieren trabajado, cualquiera que fuere éste.

De acuerdo con la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), los trabajadores, ya sean de base, de confianza, de planta, sindicalizados, contratados por obra o tiempo determinado, eventuales, comisionistas, agentes de comercio, de seguros, vendedoras y otros semejantes deberán recibir el pago de su aguinaldo.

De esta manera, “dicha prestación laboral aplica para todas las personas que prestan sus servicios de manera subordinada a un patrón cuya relación de trabajo se rija por la Ley Federal del Trabajo”, explica la dependencia.

Cabe destacar que los periodos pre y postnatales deben contar como días trabajados para el cálculo del aguinaldo. Asimismo, el beneficio aplica a los trabajadores que hayan sufrido algún accidente, por lo que debe estar asegurado el pago completo de la prestación, ya sea por parte de la empresa o de las instituciones de seguridad social.

En un principio, el aguinaldo era sólo una gratificación o regalo que los patrones le entregaban a sus empleados con motivo de la celebración de las fiestas navideñas; no obstante, ante el beneficio que representaba, se consignó su pago en la Ley mencionada.

¿Cómo calcular el monto de mi aguinaldo?

En caso de que los trabajadores tengan un salario fijo, se debe calcular el monto con base en la cuota diaria, sin incluir ningún otro ingreso, respecto al sueldo que perciban al momento del pago del aguinaldo.

Si esta cifra es variable por unidad de obra, entonces se considera el ingreso promedio diario obtenido en los últimos 30 días efectivamente trabajados, por cualquier concepto que reciba la o el trabajador.

Para los empleados contratados como vendedores, agentes de comercio o de seguros, propagandistas y otros semejantes que estén contratados bajo el amparo de la LFT, el salario diario para el pago de aguinaldo se calcula tomando en cuenta el promedio de los ingresos percibidos en el último año de trabajo o del tiempo de trabajo acumulado en casi de que no hayan cumplido 365 días en el puesto.

En caso de que la persona que ofrece sus servicios a un patrón fallezca, sus receptores podrán solicitar el pago luego de realizar un juicio de designación de beneficiarios ante la Junta de Conciliación y Arbitraje.

Otro aspecto a considerar es que el aguinaldo es un “derecho irrenunciable de las y los trabajadores independientemente de las demás prestaciones. El patrón o patrona en ningún caso puede argumentar dificultades económicas de la empresa o falta de utilidades para no pagarlo o reducir su importe.”, señala la Profedet.

Según lo establecido en la Ley, tanto dicha prestación como el salario deben pagarse en efectivo y con la moneda en curso legal, no está permitido hacerlo en mercancías, vales, fichas o cualquier otro signo representativo con que se pretenda sustituir a los recursos monetario.

Por Jorge A. Leyva

Periodista. Licenciado en Comunicación. Columnista en Agenda Setting Diario. Comentarista de política en radio. Journalist. Fan del Café Necesario Marketing Político y Social Media Publicidad: [email protected]

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