La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) actualizó las cuotas del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) a las gasolinas, cigarros y bebidas saborizadas, que deberán pagarse a partir del 1 de enero de 2020.
En el Diario Oficial de la Federación (DOF), la dependencia federal señaló en el primer caso que las nuevas tarifas serán aplicadas a los combustibles automotrices, fósiles, gasolinas y diésel en todas las entidades federativas.
Expone que los ajustes a las cuotas del IEPS no necesariamente tendrán un aumento en los precios de los combustibles, toda vez que dependerá de cada uno de los establecimientos, pero resulta evidente que muy difícilmente absorberán ese incremento.
El pasado 9 de diciembre fue publicado el decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR), de la Ley del Impuesto al Valor Agregado (IVA), de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) y del Código Fiscal de la Federación.
Ahí se hicieron modificaciones referentes al octanaje de las gasolinas para “armonizar” con el establecido en la “NOM-016-CRE-2016, explicó. La SHCP refirió que las cuotas aplicables a los combustibles fueron actualizadas por última vez el 28 de diciembre de 2018, a través del “acuerdo por el que se actualizan las cuotas que se especifican en materia del impuesto especial sobre producción y servicios”.
Gasolina Magna. Así, conforme al factor de actualización mencionado en el acuerdo, el consumidor deberá pagar 4.95 pesos por litro para la gasolina Magna -menor a 91 octanos-.
Gasolina Premium. Quienes usen gasolina Premium -mayor o igual a 91 octanos- tendrán que pagar 4.18 pesos por litro a partir del miércoles 1 de enero.
Diésel. El diésel también tendrá una nueva cuota del IEPS y será de 5.44 pesos por litro, mientras que en los combustibles no fósiles la cuota se ubicó en 4.18 pesos por litro.
Cigarros. En cuanto a los cigarros, la cuota aplicable a tabacos labrados a que se refiere la Ley del IEPS, que estará vigente a partir del 1 de enero de 2020, es de 0.4944 pesos por cigarro.
Bebidas azucaradas. En tanto, la cuota por litro aplicable a bebidas saborizadas a que se refiere la misma legislación se ubicará en 1.2616 pesos por litro a partir de enero.