Pro-abortion activists with green bandanas that read in Spanish "Free Abortion," protest in front of Colombia's Constitutional Court in Bogota, Colombia, Monday, March 2, 2020. Protesters gathered in front of Colombia's Constitutional Court ahead of an expected ruling that could allow more women to access abortion if approved. (AP Photo/Fernando Vergara)

Por unanimidad y a través de una sesión remota, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió despenalizar el aborto en caso de violación, enfatizando incluso, si se realiza la interrupción del embarazo después de los primeros 90 días de gestación. Esto fue a raíz de que se resolvió un amparo promovido por los representantes legales de una menor de edad, en Chiapas, con parálisis cerebral y que fue víctima de violación.

El aborto es legal en México en caso de violación, pero son varios los Estados que imponen como condición que dicha intervención se produzca en un plazo de tiempo determinado (máximo noventa días), como en el caso de Chiapas, que lo establece antes de los 90 días tras la concepción. La Corte ha dictaminado que “la limitación temporal” en caso de violación “constituye un acto de violencia contra la mujer que atenta contra su derecho al libre desarrollo de la personalidad y a la salud mental”, explica en un comunicado. Por esta razón se ha concedido el amparo solicitado y declarado inconstitucional ese límite de tiempo. La muchacha tenía parálisis cerebral y vivía en condiciones de pobreza y marginalidad cuando fue víctima de la violación, pero el director del hospital General de Tapachula (Chiapas) le negó la posibilidad de interrumpir el embarazo.

A la menor se le negó practicarle un aborto en octubre de 2018 en el Hospital General de Tapachula. Y aunque finalmente, sí se le practicó el aborto a la menor de edad, sin embargo, la negativa inicial fue razón suficiente para promover el juicio de amparo que llegó hasta el máximo tribunal del país.

Además, la SCJN ordenó diversas medidas para la reparación y compensaciones por daño moral a la víctima, estas medidas las definirá el Consejo Ejecutiva de Atención a Víctimas.

Por Jorge A. Leyva

Periodista. Licenciado en Comunicación. Columnista en Agenda Setting Diario. Comentarista de política en radio. Journalist. Fan del Café Necesario Marketing Político y Social Media Publicidad: [email protected]

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *